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REANUDACIÓN DE PLAZOS PROCESALES SUSPENDIDOS CON MOTIVO DE LA CONTINGENCIA SANITARIA.

En días recientes, los tribunales federales del Poder Judicial de la Federación y el Tribunal Federal de Justicia Administrativa, han declarado el reinicio de la actividad jurisdiccional, la cual estará condicionada al cumplimiento de medidas mínimas de prevención sanitaria para evitar la propagación del COVID-19, aplicables tanto para los funcionarios de dichos órganos, como para los justiciables y sus abogados litigantes que los representan.

Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).

El 30 de julio de 2020, se publicó en el DOF el Acuerdo General número 14/2020, el cual tiene por objeto establecer los términos en los que se desarrollará la reanudación de actividades jurisdiccionales de la SCJN, para todo el mes de agosto del año en curso.

Este Acuerdo, establece que a partir del 3 de agosto del presente año, se levanta la suspensión de plazos de asuntos no urgentes, competencia del Alto Tribunal. Dichos asuntos, podrán promoverse por vía electrónica mediante el uso de la FIREL o de la e.firma en términos de acuerdos emitidos con anterioridad.

Adicionalmente, las demandas y promociones podrán presentarse, incluso, en días inhábiles, a través del Sistema Electrónico de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

Bajo los lineamientos establecidos durante la contingencia sanitaria, de igual manera se celebrarán, “a distancia”, las audiencias correspondientes a los asuntos competencia de la SCJN, así como, también “a distancia”, las sesiones del Pleno y las Salas.

Hasta el 31 de agosto de 2020, tendrán los mismos efectos las notificaciones realizadas por lista o por rotulón electrónicos visible en el portal de internet de la SCJN, que las llevadas a cabo mediante la publicación en los estrados de las listas y de los rotulones impresos.

Consejo de la Judicatura Federal (CJF).

El día 28 de julio de 2020, se emitió el ACUERDO General 21/2020, en virtud del cual, el Pleno del CJF, establece los lineamientos relativos a la reanudación de plazos y términos procesales, tendientes a la reanudación de la actividad jurisdiccional y, principalmente, al regreso físico escalonado en los órganos jurisdiccionales dentro del Poder Judicial de la Federación (PJF), durante el periodo del 3 de agosto al 31 de octubre de 2020, conforme a lo siguiente:

  • El levantamiento de la suspensión implica su reanudación en el punto en que se quedaron pausados, más no su reinicio.

  • Como regla especial, en los juicios de amparo indirecto y en juicios federales en los que se encuentre pendiente la celebración de la audiencia, la reanudación de plazos operará hasta que se notifique la nueva fecha de celebración de audiencia constitucional.

  • La notificación de los asuntos resueltos y engrosados durante la contingencia sanitaria, se realizará de manera escalonada, debiendo concluirse a más tardar el 1° de octubre de 2020.

  • A través del micrositio del Portal de Servicios en línea, a partir del día 3 de agosto, podrán programarse citas para consulta de expedientes, para ser atendidas a partir del 10 de agosto siguiente. En el señalado micrositio, se encontrará el sistema “Agenda OJ”, en el que aparecerán las fechas y horarios disponibles en cada órgano judicial para la generación de citas para consultar expedientes y el desahogo de comparecencias o requerimientos. La generación de citas será a través de un Código QR, permitiendo que hasta dos personas, previa identificación y registro, ingresen a las instalaciones del juzgado y/o tribunal. El Código mencionado podrá presentarse electrónicamente en un dispositivo móvil o llevarse impreso.

  • Tratándose de comunicaciones no procesales, se podrá brindar atención a los justiciables por medios electrónicos.

  • Con independencia de la fecha en que se hubieren emitido las sentencias o resoluciones correspondientes, se cuenta con un plazo de 60 días naturales para la elaboración de los engroses respectivos y la emisión de votos iniciará el 3 de agosto para los resueltos hasta el 15 de junio, y el 17 de agosto para los resueltos entre el 16 de junio y el 31 de julio.

Sobre el trabajo y las labores de las Oficinas de Correspondencia Común (“OCC”), se establece que estará a su cargo la recepción de todos los escritos iniciales que se presenten físicamente, mediante su depósito en los buzones judiciales colocados en todas las OCC del país, tanto en casos urgentes como no urgentes.

Los buzones judiciales estarán habilitados de las 8:30 a las 20:00 horas, para recibir asuntos no urgentes. Los urgentes se podrán depositar de lunes a jueves, hasta las 14:30, ya que a partir de las 14:31 horas de los lunes a jueves, los viernes y fines de semana, deberán presentarse directamente ante el órgano jurisdiccional de guardia.

Los escritos iniciales deberán ser depositados en los buzones judiciales en un “sobre u otro empaque similar”, debidamente firmados, integrados y dirigidos a los Tribunales de Circuito o Juzgados de Distrito de que se trate. El propio promovente, será el encargado de generar su acuse mediante un reloj fechador que se encuentra integrado al buzón judicial, mientras que la boleta de turno se enviará por correo electrónico a las partes que lo proporcionen, de no ser así, podrán consultar el turno de los asuntos en las listas que se colocarán físicamente en las OCC, en un espacio de libre consulta al público.

Por lo que respecta a las Oficialías de Partes Comunes (“OPC”), en cada edificio sede de órganos jurisdiccionales, se habilitarán dichas oficiales para la recepción de promociones presentadas físicamente (no iniciales), en un horario de 9:00 a 14:00 horas (matutino), y de 15:00 a 19:00 horas (vespertino).

Dado que no se permitirá el acceso libre a las instalaciones de los órganos jurisdiccionales, las listas de acuerdos y de sesión de publicarán electrónicamente y, a su vez, en los edificios sede en un espacio de fácil acceso para quienes acudan sin contar con una cita.

Tribunal Federal de Justicia Administrativa (TFJA).

Mediante Acuerdo SS/20/2020, el Pleno General de la Sala Superior del TFJA, establece levantar la Suspensión de Actividades Jurisdiccionales, de la misma forma, a partir del día 3 de agosto de 2020, para el efecto de reanudar los plazos y términos procesales, con las siguientes excepciones:

  • Que el actor o actores o el tercero interesado, bajo protesta de decir verdad, se encuentren imposibilitados de atender el cuidado de sus intereses en el litigio.


  • Que la autoridad demandada se encuentre en suspensión de actividades con motivo de la emergencia sanitaria por causa de fuerza mayor, provocada por la pandemia del virus COVID-19.

Adicionalmente, la Junta de Gobierno y Administración del TFJA, mediante acuerdos números G/JGA/41/2020 y G/JGA/42/2020, establecieron diversos lineamientos y protocolos de actuación para la reactivación ordenada, graduada, escalonada, controlada, responsable y segura, de las funciones jurisdiccionales y administrativas del TFJA, estableciendo tres etapas dentro de la nueva normalidad; la primera abarcará los colores rojo y naranja del Semáforo de Evaluación de Riesgo Epidemiológico, mientras que la segunda coincidirá con el color amarillo y, la última de ellas, con el color verde.

Durante la Primera Etapa (a partir del 3 de agosto, y sin tiempo específico de duración), todas las Oficialías de Partes del Tribunal tendrán un horario especial de atención al público, que será de lunes a viernes, de 10:00 a 14:30 horas.

Se crea un “sistema de contraseñas”, con el fin de que no se saturen las oficialías de partes, otorgando una contraseña a la persona que acuda a las instalaciones del Tribunal a presentar una promoción y que no pueda ser atendida ese día, para que regrese el día marcado a entregar dicha promoción.

La contraseña deberá contener (i) la fecha de su emisión, (ii) un número consecutivo que quedará registrado, (iii) el nombre o denominación social de la persona que promueva (iv) el tipo de promoción y (v) el nombre y firma de la persona servidora pública que lo emite.

En concordancia con la “nueva normalidad” y a través de los Acuerdos G/JGA/45/2020 y G/JGA/45/2020, se establece y crea una Oficialía de Partes Virtual, la cual tiene encomendada la función de auxiliar a las Oficialías de Parte de todas las Regiones del Tribunal, recibiendo, en formato digital, los escritos iniciales de demanda y/o promociones, cuyo acceso estará disponible en la página web oficial del TFJA o en la URL https://oficialiadepartes.dgsjl.tfja.gob.mx. No es requisito contar con un usuario registrado para el uso del sistema, así como tampoco es necesario escanear con firma autógrafa los escritos, ya que éstos serán firmados con la e.firma expedida por el Servicio de Administración Tributaria.

En lo relativo a la actividad jurisdiccional presencial, se limitará el acceso a las instalaciones del Tribunal a personas ajenas al mismo, salvo que cuenten con cita previa para tratar un asunto urgente, así como aquellos casos en los que haya sido requerida su presencia mediante acuerdo debidamente notificado.

Se podrá agendar una cita presencial en aquellos casos que no pueda atenderse la cuestión planteada vía telefónica, siempre y cuando el titular autorice la cita.

Los informes solicitados en relación con los juicios que se encuentren en instrucción, deberán proporcionarse a través de líneas telefónicas oficiales, a fin de que se trasladen e ingresen a las instalaciones de dicho Tribunal, manifestando los datos de identificación del juicio (número de expediente, actor, resolución impugnada), mencionando el nombre del solicitante a efectos de verificar si se encuentra autorizado para oír y recibir notificaciones, así como cualquier otro elemento de convicción que el personal considere procedente. Las líneas telefónicas mencionadas, serán publicitadas en un lugar visible en el área de Oficialía de Partes, así como en un concentrado oficial consultable en la página electrónica del TFJA.

Las Actuarías se encargarán de entregar las copias de traslado a las personas autorizadas para tales efectos y que se encuentren en el Sistema de Control de Juicios, quedando a su disposición por un plazo máximo de dos semanas posteriores a la publicación de la notificación en boletín jurisdiccional; transcurrido dicho plazo, sin que las partes acudan a recoger los traslados, éstos se devolverán a la Ponencia. El horario para recoger traslados será de 11:00 a 13:30 horas.

El presente Boletín, no representa una opinión profesional en el ámbito jurídico, sino un documento informativo y sintetizado con relevancia e interés general. Con el objeto de solucionar cualquier problemática derivada de alguno o todos los aspectos aquí expuestos, cualquier conflicto particular debe ser analizado, personal e individualmente, por nuestro equipo de abogados.

IEG ABOGADOS.

Contactos:

Ricardo Zazueta Chávez Ismael Sánchez Drasdo

rzazueta@ieg.com.mx isanchez@ieg.com.mx

Ángel Ibarra Flores Sebastián González Salmón

mibarra@ieg.com.mx sgonzalez@ieg.com.mx

Agosto, 2020.

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